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El calzado frente al brexit

| 30 abril, 2019 | Comentario

«Incertidumbre» es la palabra que mejor define la situación actual que se vive dentro del Consejo Europeo. Tras cumplirse el plazo de dos años para acordar la salida del Reino Unido del grupo de 28 países que conforman la Unión Europea (UE) y aprobarse una prórroga hasta el próximo 31 de octubre para negociar la desconexión definitiva, nadie en las instituciones europeas sabe a ciencia cierta qué sucederá tras estos seis meses de suspensión: ¿convocará Reino Unido elecciones al Parlamento Europeo, previstas para el 26 de mayo? ¿Logrará el Gobierno de Theresa May aprobar en la Cámara de los Comunes el Acuerdo de Retirada antes del 31 de octubre? ¿Se logrará pactar un memorándum de salida o, por el contrario, la desconexión se producirá sin entendimiento entre las partes? Y, si alcanzada esta fecha, se consuma finalmente el llamado brexit, duro o blando, ¿cuáles serán las nuevas relaciones comerciales del Reino Unido con el resto de países comunitarios? ¿Cómo afectaría esta nueva situación a las empresas españolas de calzado?

El calzado español frente al brexit
Ante este panorama de incertidumbre y con el objetivo de minimizar el posible impacto del brexit sobre el sector nacional del calzado, la Federación de Industrias del Calzado Español (FICE) está elaborando (en continua actualización según se suceden las noticias) un informe al respecto bajo el título de Plan de contingencia ante el brexit para el calzado, al cual solo tienen acceso sus asociados. A continuación destacamos algunos cambios que afectarán directamente a las marcas españolas de calzado ante un previsible brexit sin acuerdo.

En caso de que Reino Unido salga de la UE sin acuerdo, pasaría a considerarse un país tercero y aplicarán controles aduaneros y no aduaneros

Aranceles
El documento de la patronal del calzado advierte de que «en caso de que Reino Unido salga de la UE sin acuerdo, pasaría a considerarse un país tercero y aplicarán controles aduaneros y no aduaneros». Por tanto, las relaciones comerciales entre ambas entidades económicas pasarían a estar reguladas por las normas que marca la Organización Mundial del Comercio (OMC), las cuales indican que, en el caso del calzado, los aranceles que se aplican oscilan entre 7,6 y el 8 por ciento para los zapatos de piel, del 16,9 y el 17 por ciento para los zapatos textiles, del 16,8 y el 17 por ciento para los zapatos de caucho o plástico, del 17 por ciento para los zapatos de caucho y plástico resistentes al agua y de media del 5,9 por ciento para otros tipos de zapatos. Al respecto, FICE ha elaborado una tabla donde se recogen los aranceles correspondientes a todas las partidas de calzado y artículos de piel con los datos de la OMC.

IVA
Las exportaciones comunitarias con destino a Reino Unido seguirán exentas del IVA. En Reino Unido todos los productos de calzado están sujetos a un 20 por ciento de IVA, salvo el destinado al consumidor infantil, el cual está exento.

Comercio digital
Otro aspecto que afectaría a las empresas españolas exportadoras de calzado sería, según destaca FICE, la desaparición de la firma electrónica para las transiciones electrónicas, de la misma manera que el geobloqueo para el comercio digital de calzado dejaría de ser aplicable en el Reino Unido.

Medidas de defensa comercial
Por otro lado, los zapatos españoles que entren en Reino Unido tras un previsible brexit no pactado deberán enfrentarse a nuevos controles de defensa comercial, cuyas funciones estarán reguladas por el Trade Remedies Authority, organismo recientemente creado para velar por los intereses comerciales del Reino Unido frente a las importaciones. En este sentido, FICE también dispone de una guía aduanera sobre las normas de aduanas y de fiscalidad de la Comisión Europea.

La salida del Reino Unido de la UE supondría que se deje de aplicar en Reino Unido la normativa comunitaria sobre propiedad intelectual y, en consecuencia, los diseños registrados en la UE no estarán protegidos

Derechos de propiedad intelectual
En cuanto a los derechos de propiedad intelectual e industrial, la salida del Reino Unido de la UE supondría que se deje de aplicar en Reino Unido la normativa comunitaria sobre propiedad intelectual y, en consecuencia, los diseños registrados en la UE no estarán protegidos en Reino Unido. Esto supone que todos los diseños deberán registrarse directamente en la Oficina de Derechos de Protección de Reino Unido. En este sentido, desde FICE recomiendan «valorar la necesidad de iniciar el procedimiento de registro de marca y diseños en Reino Unido».

Transferencia de datos personales
En la actualidad, los datos personales pueden circular libremente entre los Estados miembros de la UE. Probablemente, la Comisión Europea apruebe la transferencia de datos personales al Reino Unido sin restricciones, ya que su nivel de protección es muy similar al que rige en la Unión Europea. Si no lo aprueba, se deberán seguir los mismos requisitos que cuando se hace una transferencia a países terceros.

Exportaciones españolas de calzado
El Reino Unido ha sido tradicionalmente uno de los principales destinos de las exportaciones españolas de calzado. Solo el pasado año, las marcas españolas vendieron en Reino Unido casi 10 millones de pares de zapatos por un valor de 184,7 millones de euros. En 2018, Reino Unido fue, por tanto, el sexto mayor destino de nuestras ventas de calzado al exterior. No obstante, cabe destacar que desde que Reino Unido votó en referéndum contra su permanencia en la UE en 2016, las exportaciones españolas de calzado a este país no han dejado de disminuir. De esta manera, en tan solo dos años, las ventas de calzado nacional a Reino Unido han caído un 1,5 por ciento en volumen y un 9 por ciento en valor.

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Categoría: Reportajes

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