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Patronales y sindicatos firman el convenio colectivo del calzado

| 25 enero, 2023 | 2 Comentarios

Patronales y sindicatos rubricaron el pasado 24 de enero el convenio colectivo del calzado que regirá las relaciones laborales de los trabajadores del sector durante los próximos tres años. Tras casi un año de intensas negociaciones y la realización de varias movilizaciones que incluyeron una huelga histórica, la primera en los últimos 45 años, ambas partes alcanzaron al fin un acuerdo

De esta forma, con la firma del convenio se garantiza una subida inmediata del 8 % de los aspectos económicos con respecto al salario del convenio en vigor, se asegura una subida del 12,5 % a lo largo de los cuatro años de vigencia, además una revisión salarial del 3 %. Asimismo, también se incluye una reducción de doce horas de jornada anual a lo largo de la vigencia del convenio, algo que los sindicatos consideraban básico, «ya que el sector tiene una de las mayores jornadas anuales de toda la industria», según aseguran los representantes de los trabajadores.

Los principales puntos del convenio son los siguientes:

1.- Incrementos salariales.
– Desde el 1 de julio de 2022: 4 %

– 2023: 4 %

– 2024: 2,5 %

– 2025: 2 %

2.- Cláusula de revisión salarial. Al finalizar el periodo de vigencia se revisarán al alza, en su caso, las tablas salariales por la diferencia entre el IPC real acumulado y la subida salarial acumulada en tablas hasta una diferencia máxima del 3 %, que se adicionará en las tablas a partir de enero de 2026.

3.- Jornada. La jornada anual actual de 1788 horas se reducirá en cuatro horas en el año 2023, en otras cuatro horas en 2024 y cuatro más en el 2025.

4.- Permisos y licencias. Dos días por nacimiento de cada progenitor que no acredite los periodos de carencia de cotización para tener acceso a la prestación de nacimiento y cuidado del menor. Permisos no retribuidos. No será necesario justificar estos cuatro días, con un preaviso de cinco días.

5.- Otras mejoras.
– Igualdad de trato y no discriminación retributiva.

– Traslado del segundo párrafo del apartado 9 del artículo 27 al artículo 48.

– Trabajo a distancia.

– Nueva redacción y composición de la Comisión Paritaria.

– Texto sobre Formación Profesional para el empleo.

– Fijos discontinuos. Desde la firma del convenio y en el plazo máximo de seis meses se debe consensuar un modelo de contrato fijo discontinuo que responda a las peculiaridades del sector.

– Acumulación anual de las horas de crédito entre los delegados o delegadas sindicales, de personal y del comité de empresa.

– La ultraactividad del nuevo convenio colectivo será indefinida.

–  Cláusula de fidelización. Adaptación de los tramos al nuevo sistema de jubilación (tramos de edad de 62 a los 67 años).

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Categoría: Actualidad

Comentarios (2)

  1. Verónica De Gabriel Vidal dice:

    Buenos días.Esta revisión es aplicable a la provincia de Lugo?

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